11 de marzo de 2015

LAUDO ARBITRAL DE RUTHERFORD HAYES, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS

PROCLAMACIÓN DE TITULARIDAD ENTRE PARAGUAY Y ARGENTINA –TEXTO COMPLETO





12 de noviembre 1878

Washington, D.C

Rutherford B. Hayes, Presidente de los Estados Unidos de América, a todos aquellos a quienes estas contribuciones pueden venir, saludo:

Considerando que, de conformidad con el artículo cuarto del tratado de límites entre la República Argentina y la República del Paraguay, del 3 de Febrero, de un mil ochocientos setenta y seis, en el cual se estipuló que la propiedad o derecho al territorio entre el río Verde y el brazo principal del río Pilcomayo, incluyendo la ciudad de Villa Occidental, debe ser sometido a la decisión definitiva de un arbitraje;

Y mientras que, por el artículo quinto del mismo instrumento, las dos Altas Partes Contratantes acordaron elegir al Presidente de los Estados Unidos de América como árbitro para decidir sobre el derecho de poseer dicho territorio antes descrito;

Y mientras que las Altas Partes Contratantes, dentro del plazo estipulado, tienen presentada su petición de arbitraje, la cual fue aceptada, y tienen, también, debidamente presentadas sus respectivas memorias, y los documentos, títulos, mapas, citas, referencias, y todos los antecedentes que se juzgan favorable a sus derechos, según lo dispuesto en los artículos sexto y octavo de dicho tratado:

Ahora, por lo tanto, que se sepa, que yo, Rutherford B. Hayes, Presidente de los Estados Unidos de América, después de haber considerado debidamente dichas declaraciones y dichos objetos expuestos, por la presente a determinar que la República de Paraguay tiene derecho legal y justamente a dicho territorio entre el Pilcomayo y el río Verde, y para la Villa Occidental, situado en el mismo, y yo, por lo tanto, por la presente convengo adjudicar a la República del Paraguay el territorio en la orilla occidental del río del mismo nombre, entre Río Verde y la rama principal del Pilcomayo, incluyendo Villa Occidental.

En testimonio de lo cual he puesto, suscribo mi puño y letra, y el sello de los Estados Unidos que se plasme en este documento.

Hecho, por triplicado, en la ciudad de Washington, el doce de noviembre, en el año de Nuestro Señor de un mil ochocientos setenta y ocho, y de la Independencia de los Estados Unidos de América los ciento y el tercero.

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