12 de junio de 2019

Tercer país seguro ¿Qué es...?


El concepto de tercer país seguro fue acuñado en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, en Ginebra.

El concepto básicamente se resume en la siguiente fórmula: Cuando una persona abandona su país para solicitar asilo en otro, este segundo país puede negarse a recibirlo y remitirlo a un tercero que considere que puede darle las mismas atenciones que solicita el peticionante.

Sin embargo, sólo se podrá aplicar el principio de tercer país seguro cuando se tenga la certeza de que el solicitante de protección internacional recibirá en aquel tercer país un trato conforme a los siguientes principios:

• su vida o su libertad no estarán amenazadas por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertencia a determinado grupo social u opinión política;
• no habrá riesgos de daños graves;
• se aplicará el principio de “no devolución” de conformidad con la citada Convención de Ginebra de 1.951;
• se asegura que se respetará la prohibición de expulsión;

Entre otras garantías que debe proveer el "tercer país seguro" al solicitante se pueden citar las siguientes:

• el derecho a la vivienda, seguridad social, servicios médicos, empleo y educación,
• el derecho a la reunificación familiar,
• que los solicitantes tienen un vínculo cercano con ese tercer país.

Para saber más al respecto, te invitamos ver el siguiente link: https: https://www.acnur.org/la-convencion-de-1951.html

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